POLI INTE – 103

Capítulo IX

 

12. Cuerpo Diplomático

 

12.1  Concepto general

Es un organismo, sin personería jurídica, ni política, con funciones de representa­ción. Está formado por todos los miembros de las Misiones diplomáticas acreditadas ante el Gobierno local. No es necesario que entre los Estados representados por sus agentes, hayan relaciones. Incluso pueden no tenerlas o haberlas roto. El Decano habla en nombre del Cuerpo Diplomático y puede realizar también gestiones en nombre de éste.

 

12.2  Jefatura

La Jefatura la dirige el Decano que normalmente debe ser el más antiguo en prece­dencia, pero en los países católicos es el Nuncio Apostólico.

Como lo hemos adelantado, la nueva Convención de 1961, concede ese honor al Nuncio, por la alta representación espiritual del Papa, pero de conformidad con el criterio del país receptor.

12.3 Actividad y funciones

Por lo general el Decano designa o bien se elige en reunión del Cuerpo Diplomático a los miembros de una junta directiva, anualmente. Cuando se trata de asuntos meramente de cortesía o protocolares el Decano procede (obsequios, cables o telegra­mas de felicitación o condolencias, etc.) pero debe consultar con los miembros o en su caso, solo con la Directiva, cuando se trate ya de reclamaciones sobre privilegios, transgresiones de principios de derecho internacional, etcétera; es decir cuando su actitud envuelve responsabilidad dentro del marco del derecho internacional. La esposa del embajador más antiguo actúa como Decana.

12.4  Deberes de los agentes diplomáticos

Estimamos útil al tratar este punto referirnos de manera concreta a las que emanan de las características de estos funcionarios, las cuales prácticamente constituyen las cualidades personales dentro de los que los tratadistas no dejan de destacarlas como son el “estilo y el lenguaje”.

Partiendo de la base que la finalidad primordial de la diplomacia consiste en defen­der el interés nacional y alcanzar los objetivos trazados en el ejercicio de su gestión,